martes, 23 de agosto de 2022

ESTAFAS EN VENTA DE TERRENOS EN MANCORA, SANTA ROSA EN NOTARIAS PUBLICAS

 FORMAS DE ESTAFAS ABSOLUTAMENTE LEGALES 

EL CONTRATO DE TRASFERENCIA DE DERECHOS DE POSESION DE UN TERRENO EN SANTA ROSA Y EN MANCORA........PLAYAS NORTEÑAS---ANTE NOTARIO PUBLICO----ES HOY LA ESTAFA MAS FRECUENTE-----------------

 


 

 NO COMPRE PREDIOS CON CONSTANCIA DE POSESION....LO PERDERA DE TODOS MODOS EN EL TIEMPO......

(ACEP HANS KENSEL TE INFORMA).

 

FUNCIONARIOS DE SBN SE ENRIQUECEN CON EL TRAFICO DE TERRENOS QUE SE VENDEN EN NOTARIAS.....CON CONSTANCIAS DE POSESION Y QUE LUEGO ELLOS RECLAMAN COMO SUYOS.............................

En nuestro país, lamentablemente, existe lo que se conoce en el argot criollo como “tráfico de terrenos”, focalizado sobre todo en toda la zona costera del Perú. El modus operandi estaría compuesto por algunas personas —naturales o jurídicas— que “capturan” determinadas extensiones, tipo lotes, de terrenos a lo largo y ancho de las costas ribereñas, para luego de ello “traficarlas” al mejor postor: lo más grave es que se trataría no solo de lotes que pertenecerían a particulares, sino también al sector público, enriqueciéndose ilegalmente no solo los vendedores sino también algunos agentes públicos.

 


 

Como se sabe, esta modalidad ha sido una constante en nuestro país, y el combate del Estado contra esta delincuencia es sumamente complejo, ya que ha adquirido cierta institucionalidad en ciertos estamentos sociales —se vale de la propia estructura de la organización estatal—, pues se trata de una verdadera red criminal, en la cual están involucrados policías, políticos, ronderos, notarios públicos, y hasta magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público en toda su jerarquía, como se ha visto en varios casos mediáticos. 
 
                la Constancia de Posesion es un engaño.....
         porque no te convierte en propietario de nada........
 
Los municipios usando seudo posesionarios, notarios publicos, ronderos y otros malos funcionarios, venden terrenos a todo lo largo de la costa peruana............que cuando ud consulta en SUNARP---le dicen a ud. que el predio no tiene a ningun propietario, ........para que ud se anime a comprarlo, para que ud pague por el inmueble 35 mil 40 mil.....60 mil soles y para ello se lo dan incluso con Constancia de Posesion de la propia Municipalidad y con historial de pagos de arbitrios y de esa forma engañan , estafan a personas que no saben nada de propiedad inmueble y los llevan a una notaria y alli firman Seudo Contratos de Trasferencia de Propiedad, les hace la Minuta y todo........pero una transferencia de derechos de Posesion , no te sirve para nada........................porque no has comprado un inmueble solo "derechos de posesion", lo que significa que el verdadero propietario, la SBE,te lo quitara sin ningun problema y te botara del predio.....................
El peruano es terco y poco culto y por eso es facil de engañar, embaucar, y termina siendo victima de su propia ignorancia.
Le venden predios en Santa Rosa, Mancora, Paracas y otros lugares de la costa peruana, en notarias publicas y creen estupidamente que porque hicieron todo por notario publico.........todo es legal.
 

 
La ignorancia del peruano es muy grande y por eso es que miles de personas compran diariamente predios enormes sin titulo, con simples contratos de transferencia de posesion.........y pagan como uduotas 35 nil 45 mil 50 mil soles y hasta 70 mil soles y no son dueños de absolutamente nada.
La fiscalia, el ministerio publico es tambien culpable porque no detiene esta practica funesta que empobrece a ciudadanos que usan los ahorros de toda su vida o sacan prestamos de 100 mil soles para ser dueños de predios que pertenecen a la SBE----


Estas personas en el tiempo tres, cuatro años despues son desalojadas y lloran y hacen denuncias penales que terminan siendo archivadas porque ellos no son propietarios de nada y no quieren reconocer que una Ley le reconoce a la SBE, la propiedad de esos enormes predios abandonados..............
 
 CONSIDERACIONES LEGALES-FUENTE :LEGIS PE.

El nuevo delito (artículo 376-B) se sustentó básicamente en que se producían invasiones ilegales en diversas áreas de seguridad, lo que ponía en riesgo las instalaciones y la propia seguridad de los invasores[1]; en otras palabras, en lo que respecta a este tema, la Ley 30327 busca simplificar e integrar permisos y procedimientos para la aplicación de derechos de servidumbre, derechos de vías y expropiaciones de bienes inmuebles para proyectos de infraestructura y los denominados de “gran envergadura” a favor de los inversionistas, poniendo en riesgo el derecho de propiedad y posesión que tienen las comunidades campesinas y nativas sobre sus tierras.

En consecuencia, entendemos que la legitimidad del derecho penal en este tipo de situaciones concretas, es decir, la excepcionalidad del recurso penal (como ultima ratio) está totalmente justificada en términos de política criminal; otra cosa muy distinta es la técnica legislativa utilizada en el Código Penal; es decir, quizá se debió incorporar una agravante específica, por ejemplo en el delito de abuso de autoridad o, en todo caso, quizá haber utilizado una circunstancia agravatoria específica —por la condición especial del sujeto activo— en el delito de usurpación inmobiliaria.

Definitivamente, con la sanción jurídico-penal del delito de otorgamiento ilegítimo de derechos sobre inmuebles, el legislador peruano ha optado por reafirmar el mensaje político-criminal de que el funcionario público, al ejecutar sus funciones públicas en el ámbito de la adquisición de bienes inmuebles públicos y privados, debe cuidar siempre los límites que las leyes —o reglamentos— le imponen en este ámbito. Sin embargo, la reacción jurídico-penal no procede frente a cualquier acto de ilegalidad funcional, cuya sanción en todo caso corresponderá al derecho administrativo sancionador o disciplinario, sino únicamente frente a actos ilegales graves.

El legislador penal nacional entiende que esta modalidad delictiva es en realidad de una variante específica del delito de abuso de autoridad, en la cual el agente público extralimita —de manera intencional— sus funciones legales, y seguro en la mayoría de veces con algún interés económico, otorgando títulos de posesión y/o propiedad a quien por ley no le corresponde, violando el sistema jurídico.

Según la ubicación sistemática de la norma en cuestión en el Código Penal, el bien jurídico protegido en forma general-global sería la Administración Pública”[2]. Sin embargo, también debemos de ubicar aquí un bien jurídico específico, el cual sería el resguardar la legalidad en las formas y condiciones para la adquisición de los bienes inmuebles públicos y privados.
 
 
LA LEY NO SANCIONA A LOS MALOS FUNCIONARIOS QUE OTORGAN CONSTANCIAS DE POSESIONILEGALMENTE Y FACILITAN LA ESTAFA......
 
 

Otorgar ilegítimamente derechos de posesión, emite títulos de propiedad sobre bienes de dominio público, bienes de dominio privado estatal o bienes inmuebles de propiedad privada.

En primer lugar, el legislador patrio señala el verbo rector “otorgar” derechos de posesión sobre bienes de dominio público o bienes de dominio privado estatal, o bienes inmuebles de propiedad privada. Según su significado gramatical, “otorgar” implica que debe haber una autoridad involucrada, una dependencia del Estado para ser más exactos. Como es sabido, la autoridad pública puede otorgar, por ejemplo, permisos que habilitan a los ciudadanos a realizar algo.

El verbo “otorgar” —según Rojas Vargas— implica expedir títulos o autorizar derechos de posesión conforme a exigencias o requisitos no contemplados en las leyes vigentes. […]. Este delito tiene como base necesarios filtros administrativos que establecen el contenido de la falta de disciplinaria y por ende permiten una diferenciación de la relevancia penal de la administrativa. Otorgar ilegalmente derechos de posesión o emitir ilegalmente títulos de propiedad supondrá entonces una conducta arbitraria y dolosa injustificada que llega a lesionar seriamente el servicio público y por lo mismo la imagen de la administración[8] (¿cita textual?). Por su parte, Salazar Sánchez y Llamoja Hilares nos dicen que

La configuración de la imputación objetiva solo exige la creación de riesgos jurídico-penales no permitidos por los 23, 24, 25 y 376-B. Dicha creación de riesgos jurídicos-penales prohibidos tiene lugar cuando un funcionario-en colaboración de un intraneus-realiza las conductas descritas en el 376-B, por ejemplo, otorga derechos o títulos al margen de la normatividad que rige tal procedimiento.[9]

La legislación penal habla de “derechos de posesión”, que son aquellas facultades de uso de disfrute que se adquieren generalmente por el paso del tiempo cumpliendo con los requisitos del Código Civil y la ley de la materia. Quienes lo otorgan generalmente serían un juez (de Primera Instancia, o de Paz si fuera un terreno rústico) o también un notario público. Lo mismo podríamos decir para el caso de los títulos de propiedad que otorga una autoridad pública. Además, se debe tener en cuenta que el legislador penal se refiere a “bienes de dominio público/dominio privado-estatal o bienes privados”. Sobre este punto, tenemos que remitirnos a La Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, Ley 29151, vigente a partir del 15 de marzo de 2008, fecha en que se publicó su reglamento, que constituye el primer marco jurídico nacional con rango legal orientado a disciplinar la categoría genérica de los bienes estatales.

 UD PUEDE SER DENUNCIADO POR DELITO DE USURPACION--TRAFICO DE TERRENOS SI COMPRA PREDIOS CON CONSTANCIA DE POSESION-----

 


 Trujillo: adolescentes caen con arma de fuego en usurpación de terreno |  Sociedad | La República

 

Lima, 12 de mayo de 2021.- Durante el pasado meses de abril y lo que va de mayo, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), entidad adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ha recuperado 1 437 950.26 m2 de terrenos del Estado en las regiones de Lima, Ica y Piura

Los predios recientemente recuperados en la región Lima se encuentran ubicados, dos de ellos, en el distrito de Villa María del Triunfo los cuales suman en conjunto más de mil m2. En el distrito de Lurín se recuperó un predio de aproximadamente 900 m2 y en el distrito de Santa Rosa otro predio de casi 10 mil m2.

 Ocho detenidos por usurpación de terrenos en Huancayo | Sociedad | La  República

La provincia de Huaura fue otra de las localidades donde se recuperó el terreno del Estado más extenso de este grupo de terrenos recuperados. El predio tiene una extensión aproximada que supera el millón trescientos mil de m2.

En los lugares se encontraron módulos precarios de calamina y cercos perimétricos a base de palos y alambre de púas, los mismos que fueron retirados del lugar de manera pacífica. En todas las intervenciones realizadas se contó con el apoyo de la Policía Nacional del Perú.

Otros predios recuperados

De igual forma, en la región Piura se recuperó un predio de 10 mil m2, mientras que en la región Ica se recuperaron dos terrenos del Estado los cuales suman más de 97 mil m2.

Cabe destacar que, las recuperaciones extrajudiciales se realizan en aplicación de los artículos 65° y 66° de la Ley 30230, los cuales señalan que el Estado puede ejecutar acciones legales inmediatas para cautelar el patrimonio nacional, con la finalidad de repeler todo tipo de invasiones y ocupaciones ilegales en los predios de propiedad del Estado.

Asimismo, es importante señalar que de acuerdo con el Código Penal vigente, los delitos por usurpación y tráfico ilícito de terrenos estatales son sancionados con 5 a 12 años de pena privativa de la libertad.

 Trujillo: Policía desarticula banda criminal que amasó más de S/2 millones  en tráfico de terrenos nndc | TRENDS | EL BOCÓN

NUEVA---INMATRICULACION DE PREDIOS URBANOS SIN TITULO--

miércoles, 10 de agosto de 2022

PROYECTOS DE CREACION DE MICROEMPRESAS---ASESORAMOS

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martes, 9 de agosto de 2022

PROBLEMAS DE TIERRAS AGRICOLAS--NULIDAD DE ACTO JURIDICO,

RECUPERAMOS TERRENOS AGRICOLAS---RURALES---OTROS-----

 


 RECUPERAMOS TERRENOS---HECTAREAS DE TIERRAS--CONSULTE-----

¿TE LO QUITARON CON MALAS MAÑAS?

 


 

viernes, 5 de agosto de 2022

SEUDO ASOCIACIONES DE VIVIENDA EN LIMA NORTE Y SUR

DESARCHIVAR EXPEDIENTE---------VILLA MARIA DEL TRIUNFO



 








CONCILIACION 200 SOLES--LA DE FAMILIA

 Y  S/. 250 ENTREGA DE VEHICULOS, TERRENOS

MEDIANTE CONCILIACION DE MUTUO ACUERDO--PARA DIVORCIO-- POR GRATITUD A MODO DE INDEMNIZACION-----

Pedro Castillo acudió a la Fiscalía pero no respondió ninguna interrogante

Pedro Castillo no acepta la renuncia de Aníbal Torres

TITULO UNIVERSITARIO ES DIFERENTE A TITULO A NOMBRE DE LA NACION

EL TITULO UNIVERSITARIO y EL TITULO A NOMBRE DE LA NACIÓN.
En el Perú hay muchas personas que no saben, a que se refiere la expresión: “a Nombre de La Nación”.

Muchos no saben cual es la diferencia, entre el Titulo Universitario y el Titulo de Instituto Superior Tecnológico.

Todo Titulo se otorga  a Nombre de La Nación.

1. TIPOS DE TITULOS

Sin embargo , hay dos tipos de titulo en el Perú. 

Los otorgados por IST (Instituto Superior Tecnológico) se están refiriendo a certificaciones, otorgados por institutos publicos o privados, con la autorizacion del el Ministerio de Educación, únicamente para los egresados de Institutos Superiores Tecnológicos.
Foto abajo:


 Estos titulos, que otorgan los IST. no permiten a sus alumnos egresados COLEGIARSE.

COLEGIARSE es poder inscribirme en el Colegio profesional de Ingenieros, Médicos, Obstetras, Medico, Arquitectos, Abogados,etc.


Para ejercer en el Perú como Profesional, se requiere de tener un Titulo otorgado por Universidad.

Los egresados de Universidades obtienen un Titulo a Nombre de La Nación, pero otorgado por la Universidad, de donde egresa el alumno.
 

 

Al egresar de una universidad legal, yo podre llevar mi Titulo a inscribirlo en la SUNEDU----ANR(Asamblea Nacional de rectores del Peru) y podre luego inscribirme, en el Colegio profesional de : Abogados, Arquitectos, Ingenieros, Obstetras, Medicos, etc.


Si yo no puedo inscribir mi titulo profesional en la ANR, entonces, mi titulo es bamba, es falso, es otorgado por una universidad falsa, asi de simple.

2. EL SUNEDU

Hoy dia, la ANR, ha sido reemplaza por Ley, por el SUNEDU

SUNEDU es la Superintendencia de Educación Universitaria, órgano  adscrito al Ministerio de Educación, que es actualmente, quien inscribe los títulos de todos los egresados de las universidades particulares y estatales de todo el Perú.

Donde funcionaba la ANR ahora funciona el SINEDU.

El SUNEDU, es quien inscribe todos los titulos universitarios, ojo.

Luego de inscrito en el SUNEDU, puede ud, llevar su titulo visado al Colegio Profesional de su especialidad, para "colegiarse".

Las empresas, industrias, bancos, financieras, hospitales, exigen a todos los que deseen trabajar con ellos no solo tener titulo profesional, sino ademas : "ser colegiado".

3. EGRESAR DE UNIVERSIDAD

Para egresar de una universidad tengo que estudiar mínimo seis años.

Solo así podre ser Profesional Universitario y posteriormente colegiarme.

la Universidad Particular de Iquitos, por ejemplo es una institucion BAMBA, no reconocida por las autoridades de la ANR, menos por el SUNEDU.

Por eso es que sus egresados de hace diez años, ninguno hasta el día de hoy ha podido colegiarse, en ninguno de los Colegios Profesionales. Tienen un titulo, que solo es un cartón, con sellos, pero sin ningún valor legal.

Ejercen pero como vulgares empleaditos, ni siquiera se les puede reconocer como técnicos, porque los documentos que otorga la UPI, no valen nada, en ninguna parte del Perú.

Distinta es la situación de los egresados de San Marcos, Ricardo Palma, Federico  Villareal, Jose Carlos Mariategui, La Cantuta, que todos están sus titulos inscritos en el SUNEDU.

Todos los egresados de estas universidades de la lista abajo pueden "colegiarse".

4. UNIVERSIDADES AUTORIZADOS POR ANR HASTA EL 2014

UNIVERSIDAD
01. Universidad Nacional Mayor de San Marcos - UNMSM
02. Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco - UNSAAC
03. Universidad Nacional de Trujillo - UNT
04. Universidad Nacional de San Agustín
05. Universidad Nacional de Ingeniería 
06. Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica 
07. Universidad Nacional San Cristobal de Huamanga
08. Universidad Nacional del Centro del Perú
09. Universidad Nacional Agraria La Molina 
10. Universidad Nacional de La Amazonía Peruana
11. Universidad Nacional del Altiplano
12. Universidad Nacional de Piura
13. Universidad Nacional de Cajamarca
14. Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo
15. Universidad Nacional Federico Villarreal
16. Universidad Nacional Hermilio Valdizán
17. Universidad Nacional Agraria de la Selva
18. Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión
19  Universidad Nacional de Educación Enrique Guzman y Valle

20. Universidad Nacional del Callao
21. Universidad Nacional José Faustino Sanchez Carrión
22. Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann
23. Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo
24. Universidad Nacional de San Martín
25. Universidad Nacional de Ucayali
26. Universidad Nacional de Tumbes
27. Universidad Nacional del Santa
28. Universidad Nacional de Huancavelica

 UNIVERSIDADES PRIVADAS AUTORIZADAS POR ANR HASTA EL AÑO 2014

01. P.U. Católica del Perú
02. U. Peruana Cayetano Heredia
03. U. Católica Santa María
04. U. del Pacífico
05. U. de Lima
06. U. de San Martín de Porres
07. U. Femenina del Sagrado Corazón
08. U. Inca Garcilaso de la Vega
09. U. de Piura
10. U. Ricardo Palma
11. U. Andina Néstor Cáceres Velásquez
12. U. Peruana los Andes
13. U. Peruana Unión
14. U. Andina del Cusco
15. U. de Huánuco
16. U. P. Tecnológica de los Andes
17. U. P. de Tacna
18. U. P. de Chiclayo
19. U. P. San Pedro
20. U. P. Antenor Orrego
21. U. P. Marcelino Champagnat
22. U. José Carlos Mariátegui
23. U. Científica del Perú
24. U. P. César Vallejo
25. U. P. del Norte
26. U. Peruana de Ciencias Aplicadas
27. U. Catolica los Ángeles de Chimbote
28. U. P. San Ignacio de Loyola
29. U. Alas Peruanas
30. U. P. Norbert Wienner
31. U. Católica San Pablo
32. U. P. San Juan Bautista
33. U. Tecnológica del Perú
34. U. Científica del Sur
35. U. Continental de Ciencia e Ingeniería
36. U. Católica Santo Toribio de Mogrovejo
37. U. P. Antonio Guillermo Urrelo
38. U. P. Señor de Sipán
39. U. Católica Sedes Sapientiae
40. Universidad ESAN
41. Facultad de Teología Pontificia y Civil de Lima
42. U. Peruana de las Américas


 Todas las demás universidades que funcionan, en Lima y en provincias, son BAMBAS, no están reconocidas, ni autorizados, sus titulillos no valen nada, no sirven.  

Estafan a los usuarios, los engañan organizando supuestas reuniones con ex alumnos, egresados, a quienes dan propinas, para continuar engañando a mas gente.

Si alguien le dice, soy profesional, busque su titulo en el SUNEDU, si allá no aparece registrado, el titulo es falso.

5. COMO ES UN TITULO UNIVERSITARIO.

Así tenemos que si yo egreso de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, mi Titulo Profesional, me lo otorga ella.

Nunca podre ver en el Titulo, mención alguna al Ministerio de Educación, porque no es esta institución, quien lo otorga, sino la Universidad, que fue creada por Ley de La república.

Las Universidades son creadas, por El Congreso de La República. No las crea, no las autoriza el Ministerio de Educación.

El Titulo que otorga una Universidad es como el que Ud.  ve  abajo en la imagen…..

FOTO: TITULO UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS.



Observe que para nada hay la palabra Ministerio de Educación.

6. TITULO OTORGADO POR IST- INSTITUTO SUPERIOR

OBSERVACIONES:

NO LO FIRMA EL RECTOR DE UNA UNIVERSIDAD
LO FIRMA LA UGEL Y EL DIRECTOR DEL INSTITUTO.
LOS OTORGAN POR 3 AÑITOS DE ESTUDIOS Y NADA MAS.

POR ESO NO PUEDEN COLEGIARSE SUS EGRESADOS......EN NINGÚN COLEGIO PROFESIONAL.

7. ¿QUE VALOR TIENEN LOS TITULOS EN EL MERCADO LABORAL?

Mucho.

Los que tienen títulos universitarios, que estudiaron seis años o mas, son contratados como Funcionarios, Gerentes, Jefes de Área, Asesores, con sueldos arriba de los s/8,000 soles .
Tienen su Titulo y su Carne del Colegio Profesional de su especialidad.


Están muy bien considerados, generan confianza entre los empresarios, ganan excelentes sueldos.




Los que egresan de 3 años, de un instituto superior, no se les considera en la practica profesionales, ya que se les paga como a cualquier empleadito s/. 1,500 soles, máximo s/.2,000 con veinte años de servicios.....
No son colegiados, nunca llegan a ser Gerentes en Empresa importantes, transnacionales, extranjeras, nunca llegan a ganar mas de s/.2,000 soles.


esa es la realidad que aunque le moleste a los Institutos Superiores de todo el Peru y maldigan este articulo, no deben engañar a sus alumnos y mas bien deben alentarlos a continuar luego estudios en una universidad.

8. TESTIMONIOS DE EGRESADOS DE INSTITUTOS:

Alfredo
Yo egrese de un instituto el año 1998, trabaje en contabilidad cuatro años, ganando el sueldo mínimo, aprendí bastante, me volví un experto, pero las empresas me pagaban así, porque me decían que yo no era profesional.
Sin embargo, mi titulo decía a nombre de la nación.....pero nunca logre colegiarme en el Colegio de Contadores Públicos de Lima, ni de provincias.......

por eso, cansado de ser explotado, maltratado, ingrese a una universidad y tuve que volver a estudiar desde cero, pero cuando egrese seis años después, logre entrar a una empresa industrial , donde hoy dia soy yo el Contador General, puedo firmar balances generales, incluso asesoro otras empresas, ganando muy buen dinero. Mis ingresos son hoy dia de casi s/. 12,000 soles mensuales.

Un señor Pedro Alejandro Reyes Ramos, que tenia un colegio en Iquitos(PROGRAMA NO ESCOLARIZADO ANTONIO RAYMONDI), fue el que me motivo, me explico con gran detalle, cuales eran mis posibilidades como egresado de instituto y cuales serian si estudiaba en la universidad.
Le agradezco, su sinceridad.

Maria
Egrese de obstetricia de un instituto el año 1996, trabajo catorce años, en un hospital estatal, ganando un sueldo miserable.Nunca he logrado colegiarme en el Colegio Profesional de Obstetras, Me siento muy desilusionada, siento que soy maltratada, porque yo tengo experiencia suficiente para ser jefe de mi área, pero hace poco llego una egresada de universidad estatal y a ella, que tiene apenas 28 años de edad, la han convertido en jefe, humillándome a mi, no es justo.

Luis
Yo estudie administración tres años, en IPAE, egrese, me dieron mi titulo, pero yo no puedo colegiarme en el Colegio profesional de Administradores, estoy recortado laboralmente.
Estoy estudiando en la universidad, para poder sacar mi titulo universitario, porque el que tengo, las empresas lo ven mas como un diplomita, que como un titulo y a mi no me quieren promover, pese a que he sido puntual, laborioso, honrado, leal, 
Me duele ver como mis vecinos, todos son jefes, funcionarios, tienen autos lindos, en cambio yo que vivo en la misma cuadra, que crecí con ellos, pero soy solo un empleado y nada mas.

Eusebio
El Estado debería convertir a todos IST en universidades y desaparecer esos titulillos de 3 años, que no sirven para nada, porque te pagan igual que un egresado de ocupacional .......
Nuestros padres confiaban , en esas propagandas de la televisión, que dicen termina tu carrera en 3 años, pero esa opción es una basura.....no la recomiendo a nadie, sufres mucho, ganas poco, lo barato te sale caro.....cortesia para   LOS PAUCAR DE LIMA SUR---"AGUA Y LUZ ESTA CARO".